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Delitos electorales: ¿cuáles son y como se castigan?


El Ministerio Público de Honduras cuenta con la Unidad Especializada Contra Delitos Electorales (UECDE).
El Ministerio Público de Honduras cuenta con la Unidad Especializada Contra Delitos Electorales (UECDE).

En Honduras, los delitos electorales están tipificados en el Código Penal y la Ley Electoral. Estas infracciones buscan proteger la integridad del proceso democrático y garantizar que las elecciones se realicen de manera justa y transparente.


El Ministerio Publico (MP) de Honduras informó que ha activado la Unidad Especial contra Delitos Electorales (Uecde) para investigar y perseguir los delitos electorales y conexos.


En un comunicado, el MP indicó que “no tolerará ninguna acción que atente contra el proceso democrático de marzo y noviembre de 2025” que actuará contra cualquier persona que comenta actos ilícitos antes, durante y después de las elecciones.

 

A continuación, se detallan algunos de los principales delitos electorales y sus respectivas sanciones:


·       Coacción o amenaza al elector: Impedir que un ciudadano ejerza su derecho al voto mediante amenazas o coacción, la pnea es de 4 a 6 años de cárcel.

 

·       Falsificación de documentos electorales: Alterar, destruir, suprimir u ocultar documentos relacionados con el proceso electoral, como actas de votación o registros oficiales. La sanción de 4 a 8 años de prisión

 

 

·       Compra y venta de votos: Ofrecer o recibir beneficios a cambio del voto de un ciudadano. La pena es de 4 a 6 años de prisión.

 

·       Suplantación de identidad: Votar haciéndose pasar por otra persona. Pena de 4 a 6 años de prisión.

 

 

·       Violación del secreto del voto: Revelar o intentar conocer el sentido del voto de un elector sin su consentimiento.  Pena de 4 a 6 años de prisión.

 

·       Votación múltiple: Ejercer el derecho al voto más de una vez en una misma elección. Pena de 4 a 6 años de prisión.

 

·       Manipulación del censo electoral: Alterar la base de datos del Censo Nacional Electoral o cambiar injustificadamente el tiempo y lugar de la votación. Pena de 4 a 6 años de prisión.

 

 

·       Destrucción de propaganda electoral: Deteriorar o destruir propaganda electoral colocada en lugares públicos autorizados. Multa de 100 a 200 días.

 

Estas medidas buscan garantizar la transparencia y legitimidad de los procesos electorales en el país, asegurando que la voluntad popular se exprese libremente y sin coacciones.

 

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